Alquilar y no morir en el intento

23 July 2007

No siempre la mejor opción es comprar un inmueble. A veces, las exigencias laborales nos obligan a trasladarnos constantemente de un lugar a otro, por lo que nuestra demanda es de otro tipo. O tal vez somos atrevidos guerreros del turismo y odiamos el sedentarismo. Entonces, la mejor opción es arrendar una vivienda, ser su dueño sólo por un momento. Para empezar, reflexionaremos un poco sobre los pasos adecuados para alquilar una vivienda. Luego, hablaremos de una forma un poco inusual de hacer negocios: comprar para arrendar.
Siempre es clave buscar y buscar. Nunca sabremos qué propiedad es nuestra mejor carta si antes no revisamos muchas posibilidades. Esto es clave. Muchas veces nos apuramos y cerramos un contrato sin la certeza de que la oferta satisfaga nuestros requerimientos. Ello se evidencia cuando adquirimos una casa que no estaba en nuestros planes, es decir cuando nos vemos seducidos por una propuesta que no teníamos en mente al principio. Entonces, a investigar muchas opciones y no descansar hasta encontrar el inmueble ideal. O, al menos, uno que se le parezca. Para esta travesía, nos podemos servir de
la Internet (páginas webs especializadas), diarios locales (avisos clasificados) o la información que nos brinde la agencia inmobiliaria con que nos contactemos.
Una vez que tengamos la vivienda en mente, es muy importante la revisión del contrato (no olvide que estamos hablando de alquiler). Entender todos los puntos que incluye es fundamental (no dude en traducirlo si está en otro idioma). También comprender la división de deberes entre el dueño del recinto y quien pretende habitarlo. Usted debe tener en claro qué pagos le corresponde realizar (agua, luz y gas, usualmente) y qué gastos debe asumir el arrendador (cuotas de la comunidad e Impuesto de
la Vivienda, frecuentemente).
En el caso de la reparación de algún ambiente de la casa, la responsabilidad es de quien ocasionó el daño. Así, si Usted descubre, durante los primeros días de su estancia, que existe un desperfecto con el inodoro del baño, tiene el derecho de exigir que el dueño solucione el problema. Finalmente, la formulación de un inventario de los muebles, accesorios y demás objetos (previo y posterior a la ocupación) tiene singular utilidad para evitar futuras complicaciones legales.
Pero, ¿qué pasa si estamos del otro lado? ¿Si somos del equipo de los arrendadores? Muchos de nosotros nos hacemos de inmuebles para ponerlos en alquiler, sobre todo en zonas turísticas o altamente transitadas. Esta forma de hacer empresa tiene una ventaja de tipo jurídico en España. En nuestro país, no es necesario contar con una licencia especial para dar alojamiento a terceros. Pero si somos residentes no permanentes, debemos pagar un impuesto a la renta (porcentaje de lo que percibimos). Otra posibilidad consiste en dejar nuestra propiedad en manos de un agente inmobiliario. Éste contacta a personas interesadas y realiza directamente la transacción comercial (debemos desembolsarle una parte de la utilidad).
Alquilar y no morir en el intento no es tan difícil como parece. Requiere de mucha perseverancia y calma. Tanto desde el punto de vista del habitante como del arrendador. Lo más sabio es pisar los caminos de la honestidad y la transparencia. La reputación se consigue poco a poco. Revise las opciones que tiene y nunca se deje llevar por la prisa. ¿Se anima? Verá los resultados.

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